Cuando, como muchos de los que entran en contacto o simplemente entienden el modelo de profesión consagrado por la NAR, me convertí en evangelista de la exclusiva y de la compartición, desde mi especialidad de marketing, ni en sueños podría haber concebido mejor ayuda para impulsarlo que una Ley española por el derecho a la vivienda que prácticamente liquida el modelo de mandato en abierto, merced a sus artículos 30 y 31, especialmente este último.
Es verdad que probablemente no era esa la intención explícita de los redactores de la Ley, pero eso no ha impedido, al consagrar en dichos artículos las amplias y detalladas obligaciones de información al comprador por parte del vendedor, que claramente el trabajo sin mandato de exclusiva se convierta en una operación disfuncional y altamente arriesgada para el profesional que se siga acogiendo a este modelo de máxima implantación en nuestro país, a pesar de todos los esfuerzos que se han hecho por mi parte y las de tantos consultores, formadores y Franquicias norteamericanas presentes en nuestro país.