martes 10, diciembre
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Genios y traperos o la doble moral

Nunca estará bien visto permitir sin justificación más libertades de conducta a unos que a otros.

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Introducción: Código Ético Realtor sobre el que recae la justicia y la sabiduría del quehacer

Documento sobre el cual se trabaja bajo la interpretación no partidista o asaeteada, sino, supeditada a la literalidad del texto.

Queremos compartir situaciones, actuaciones, casuística y escenarios donde se pondrá de manifiesto, como se interpreta el Código Ético REALTORS® y desde el mismo, poder comprobar cómo no siempre es razonable o justa nuestra propia interpretación, y si me permitís, si cabe aún más importante, poder reflexionar sobre aspectos que no siempre consideramos o bien nuestra propia posición nos impide discernir con el sentido más correcto o de la manera más coherente, justa y aplicada a el código profesional al que tod@s nos “deberíamos obligar de manera voluntaria”.

Los profesionales inmobiliarios y sin discusión ni cuestionamientos los REALTORS®, deben esmerarse en mantener y mejorar las normas de actuación profesional y compartir con sus colegas la responsabilidad común por la integridad y el honor de la profesión. En obligación, reconocimiento y apreciación de las obligaciones que tienen con sus clientes de facto, los usuarios consumidores, con el público en general y entre ellos mismos, los REALTORS® deben esforzarse continuamente por permanecer al corriente de todo lo relativo a su sector profesional, y los derivados de él, y además, como profesionales competentes, compartir voluntariamente los frutos de su experiencia, conocimientos y habilidades.

Aplicando sin ambages el Código Ético Profesional y colaborando con las entidades reguladoras correspondientes, los REALTORS® identifican y toman las medidas necesarias para eliminar aquellas prácticas que pudieran perjudicar al público o que pudieran desacreditar o deshonrar a la profesión. Cuando llegan a tener conocimiento directo de conductas que pudieran violar el Código Ético Profesional y/o que supusieran malversación de fondos o propiedades de clientes o usuarios, discriminación intencionada, o fraude que tenga como resultado un daño económico considerable o engaño, los REALTORS® están obligados a poner tales hechos a disposición de la correspondiente autoridad, colegio profesional, Asociación, agrupación, consejo profesional, o asociación de REALTORS®. Porque entienden que la cooperación con otros profesionales inmobiliarios redunda en beneficio de quienes utilizan sus servicios.

La mejor guía para los REALTORS® en la interpretación de esta obligación es una que ha sido transmitida por siglos, acuñada como Regla de Oro: “Trata a tu prójimo como a ti mismo”. Al aceptar esta norma universal como propia, los REALTORS® se comprometen a respetar su espíritu en todas sus actividades, tanto si se realizan en persona, mediante asociados o terceros, o por medios tecnológicos, y a realizar sus negocios de acuerdo con los principios establecidos a continuación.

El Código Ético es el refugio, la garantía y la última frontera donde se regulan las garantías y la protección hacia el cliente. Y se da respuesta al usuario/consumidor.

Es el catalizador y la forma de operar y actuar por parte del profesional.

No existe mejor código que aquél al que cada uno de manera voluntaria, decide acogerse.

Deseando que este espacio sirva de guía y de base de resolución de conflictos, dudas, interpretaciones, hábitos o prejuicios inherentes y consustanciales a la propia vida y a la propia actividad. Ahí vamos.

Preámbulo

El ser humano se basa en afirmaciones y no en negaciones.

Si yo te digo que no pienses en una bicicleta azul, tú vas a pensar en una bicicleta azul.

Una afirmación es cuando estás escuchando un avión que viene hacia ti. Lo afirmas.

Pero niegas un avión que está volando hacia ti, pero que todavía no se escucha.

El cerebro procesa y afirma lo que quiere que sea afirmado, pero niega lo que no es capaz de procesar porque no lo quiere ver o pensar en ello, pero existe.

Escenario

El/la REALTOR® representa a la propietaria mediante el correspondiente mandato de venta en formato multiexclusiva. Actúa adicionalmente con amplios poderes notariales bajo auspicio de la propiedad, la cual se encuentra en otra población distante a 700 kms donde se encuentra la propiedad a comercializar.

Una vez se inicia el proceso de comercialización amparado en el preceptivo plan de marketing, una las visitas se muestra muy interesada en la compra, pero plantea una propuesta de compra, a la baja. Es reseñable comentar que los compradores son de nacionalidad estadounidense, y que están familiarizados con la figura de el/los REALTOR®.

Es imprescindible resaltar que los compradores compran sin representación, es decir, por sus propios medios, sin más ayuda por parte del/la REALTOR® que el servicio básico de consumidor/usuario, según se le manifiesta en su momento. Compradores complicados, muy exigentes y con un talante autoritario y desagradable.

La propuesta inicial de compra es rechazada, proponiéndose una nueva, que a su vez es también rechazada y una tercera propuesta que recibe contraoferta por parte de la propiedad. Finalmente se realiza una cuarta propuesta y finalmente esta, es aceptada. Cerrándose la compra por 234.000 euros.

Los compradores manifestaron en su momento que eran pequeños inversores y que compraban para rentabilidad. Para lo que acometerían obras de mejora y actualización.

Tres meses posteriores a la compra, los compradores contactan con el/la REALTOR® y le manifiestan su voluntad de poner a la venta la propiedad adquirida. Se les ofrecen los servicios de representación y se les traslada que reformas o actuaciones han acometido en la vivienda, y en qué precio están pensando en vender. A lo que responden que únicamente han pintado y que pretenden 425.000 euros.

Desenlace. Habla el código

Aplicando el Código Ético en base a sus artículos y normas, se determina.

Artículo 1
Cuando actúen como representantes en calidad de agentes del comprador, del vendedor, del arrendador, o del arrendatario o de otros clientes, los REALTORS® se comprometen a proteger y promover los intereses de sus clientes. Si bien la obligación de absoluta lealtad a los intereses de los clientes es primordial, esto no libera a los REALTORS® de su obligación de tratar con todas las partes honestamente. Cuando brindan servicios a compradores, vendedores, arrendadores, arrendatarios u otras partes no actuando en calidad de agentes, los REALTORS® continúan teniendo la obligación de tratar con todas las partes honestamente.

El Realtor® debe lealtad absoluta a los intereses del cliente

Norma de conducta 1-3
Los Realtors® no engañarán ni inducirán deliberadamente al propietario acerca del valor comercial de la propiedad, a aceptar precios no acordes con el valor, ni por exceso ni por defecto, con el fin de asegurarse un contrato de venta inmobiliaria de la propiedad.

Norma de conducta 1-4
Los Realtors®, no engañarán a los compradores o arrendatarios acerca de los ahorros u otros beneficios que pudieran obtener mediante el uso de los servicios del REALTOR®, con el fin de convertirse en el representante de dicho comprador o arrendatario.

Deliberación

Comparte tus opiniones y reflexiones, con los/las compañeros. Entra en el Facebook de SIRA y participa en el grupo de Código Ético REALTOR’S.

Nos encantaría que deliberarais sobre los aspectos, opiniones, reflexiones, dudas, divergencias, desacuerdos, acuerdos, casuística y todo aquello que nos ocupa al respecto de la aplicación, deberes, obligaciones y prácticas profesionales.

Leopold Roca
Leopold Rocahttp://leopoldroca.com
R®, CRS, API. Instructor SIRA. Presidente de Lerac Barbad Grup - Consultor Estratégico - Coach - Conferenciante - Desarrollador de Esquemas Tecnológicos AI.

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